La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió la suspensión de la traba de medidas cautelares hasta el 31 de diciembre de 2019 a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, inscriptas como tal en el “Registro de Empresas MiPyMES”. La medida se publicará próximamente en el Boletín Oficial.
La extensión del plazo alcanza también aquellos contribuyentes que se encuentren caracterizados en el “Sistema Registral” como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II”. Cabe recordar que la AFIP ya había suspendido la traba de medidas cautelares hasta el 30 de noviembre.
Anteriormente, había flexibilizado los mecanismos para levantar los embargos, incorporando la figura de la dación en pago, que permite utilizar los fondos embargados para cancelar las obligaciones impositivas y/o de los recursos de la seguridad social reclamadas en una ejecución fiscal.
La medida, anunciada ayer, venía siendo reclamado por entidades empresarias que agrupan a las pequeñas firmas, como Apyme. “La mayor parte de las Pymes que han logrado sobrevivir a la caída de la actividad, las ventas, el mercado interno, el aumento de costos dolarizados, la falta de crédito y el acoso fiscal, están en condiciones de extrema vulnerabilidad. Confiamos en que en el próximo periodo se iniciará un rumbo de recomposición económica y social con eje en la creación de empleo y fomento de la producción, auspicie una ley de moratoria con plazos generosos, tasas razonables y quita de intereses”, remarcó la entidad ayer en un comunicado. En esa línea, destacaron que “es fundamental comenzar a sentar las bases para la recomposición de un un sector clave de la economía nacional, como son las Pymes, principales generadoras de empleo y motor para la recuperación económica y social”.