Fuerte golpe al Gobierno: Justicia suspende la reforma laboral

La Cámara Nacional del Trabajo dictó una medida cautelar que suspende la aplicación de las normas laborales incluidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del gobierno de La Libertad Avanza.

 

 

La Justicia dictó una medida cautelar que suspende la aplicación de las normas laborales incluidas en el mega DNU de Javier Milei. De esta manera, la Cámara Nacional del Trabajo le dio la razón a un pedido de la CGT.

Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados”, asegura el fallo firmado por los tres jueces de la Cámara, María Dora González, José Alejandro Sudera y Andrea E. García Vior.

En su fallo, la sala integrada por las juezas María Dora González y Andrea García Vior y el juez Alejandro Sudera sostiene que la extensa fundamentación del Poder Ejecutivo sobre la gravedad de la situación económica del país resulta insuficiente para demostrar la urgencia en implementar cambios estructurales en las leyes laborales, máxime cuando algunas de esas normas tienen naturaleza penal.

De este modo, al menos transitoriamente, el Poder Judicial pone freno a las reformas anunciadas por el Gobierno en el área del trabajo.

¿Qué reformas laborales preveía el DNU de Javier Milei?

DNU de Javier Milei: qué pasa con las indemnizaciones por despido

  • En casos de despido sin justa causa, la indemnización será de un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses.
  • Para empleados excluidos de convenio colectivo, el tope de la indemnización será el del convenio aplicable al establecimiento o el más favorable, si hay más de uno.
  • La base de cálculo incluirá la mejor remuneración mensual devengada durante el último año, sin considerar el Sueldo Anual Complementario ni conceptos de pago semestral o anual. La base de cálculo no podrá ser inferior al 67% del importe correspondiente a un mes de sueldo.

DNU de Javier Milei: qué pasa con el período de prueba

  • El período de prueba se extenderá de tres a ocho meses.
  • Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante este lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización pero con obligación de preavisar.
  • Se prohíbe contratar al mismo trabajador más de una vez usando el período de prueba.

DNU de Javier Milei: qué dice sobre los sindicatos y huelgas

  • Limitación al ejercicio del derecho de huelga, exigiendo cobertura mínima en servicios esenciales.
  • Ataque a los recursos de las organizaciones sindicales, eliminando cláusulas de solidaridad y poniendo obstáculos para la recaudación de cuotas sindicales.
  • Regulación restrictiva de las asambleas sindicales.

DNU de Javier Milei: relaciones de independencia

  • Posibilidad de reemplazar la indemnización por fondos de cese laboral mediante negociación colectiva.
  • Apertura para eliminar relaciones de dependencia en establecimientos de hasta 5 trabajadores.
  • Modificación de la presunción de existencia de contrato de trabajo en casos de prestación de servicios y facturación periódica.

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