La incorporación de multas mediante imágenes es controversial, poniendo en duda el objetivo que persiguen, que para muchos es solamente recaudatorio. En sólo la Ciudad de Buenos Aires, por ejemplo, ya se cuenta con casi 200 cámaras de fotomultas. Desde el inicio del año hasta abril, solo las 20 cámaras con más actividad de la ciudad registraron 954.773 multas.
La polémica no se da solo en esta ciudad. En Neuquén, por ejemplo, el municipio capitalino implementó un nuevo sistema de control: el Sistema de Infracciones por Cámara Móvil (Sicam), que consta de inspectores motorizados con cámaras GoPro. Desde su inicio, el 2 de mayo, hasta la actualidad ya labró 835 multas solamente por vehículos mal estacionados.
“A pesar del disgusto y descontento que causan en los conductores, debemos decir que las fotomultas son instrumentos legales e incluso recomendables por su probada eficacia en la disminución de ciertas violaciones. Sin embargo, hay requisitos técnicos y legales para que sean efectivas”, explica Pablo Luhning, director de CompreSeguros.com, plataforma pionera en el rubro que permite cotizar, comparar y contratar seguros online. Para que tengan validez, Luhning recuerda que hay que tener algunos ítems en cuenta:
- Jurisdicción. En caso de recibir una fotomulta, es importante averiguar si el organismo que la emite es el autorizado para hacerlo.
- La multa debe ser comunicada in situ. El fundamento de las multas al tránsito es la prevención, no la mera recaudació De allí que la ley plantee que, sin excepciones, el conductor deberá ser detenido y allí se le deberá comunicar la infracción cometida y labrar la multa correspondiente. Si un auto viaja por encima del límite de velocidad, ¿en qué lo previene una multa que llega tiempo después por correo?
- Datos del acta. Para tener legalidad, el acta labrada debe contener, sin falta, los siguientes datos: fecha exacta (con hora y minuto de la medición), velocidad medida en km/h, ubicación geográfica del medidor, y velocidad máxima autorizada en el lugar.
- Autorización del dispositivo. El aparato de medición siempre debe estar validado por la Dirección de Vialidad Nacional (DVN).