En la cuenta regresiva de que comience un nuevo ciclo escolar, el gobierno nacional habilitó a los centros de enseñanza privada a que puedan fijar las cuotas mensuales sin ningún límite por lo que podrán ir aumentando respecto de lo que vean necesario.
La medida fue publicada en en el Boletín Oficial y entre los críticos de la decisión hubo quienes plantearon que podría tratarse de un primer paso hacia la desregulación de las cuotas de las instituciones educativas privadas.
“Que, entre los objetivos asignados a la citada Secretaría, se encuentra la implementación de políticas y marcos normativos necesarios para afianzar los derechos del consumidor, correspondiendo a su respecto la aplicación de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias“, comunicaba la anterior norma.
Sumando que “la relación entre escuelas privadas y educandos, reviste características típicas de los contratos de adhesión, en los cuales el establecimiento dispone las condiciones generales a las que las alumnas y los alumnos se hallan sujetos“.
En la normativa se debían notificar el valor total de la cuota o arancel mensual, y cuántas cuotas tendría el año lectivo siguiente, las formas, plazos, montos y los criterios de aplicación para el caso de recargos por mora.
Como consecuencia de esta decisión del gobierno nacional, los colegios y universidades de gestión privada podrán ajustar de la forma en que les parezca conveniente, sin ningún tipo de restricción o alguna traba. Situación que se unifica con la decisión de que los extranjeros deberán pagar la educación.