El presidente Javier Milei envió este miércoles por la tarde el proyecto de «ley ómnibus» al Congreso de la Nación que tiene por objetivo «reformar profundamente» el Estado.
«Con el espíritu de restituir el orden económico y social basado en la doctrina liberal plasmada en la Constitución Nacional de 1853, presentamos al Honorable Congreso de la Nación el adjunto proyecto de ley y manifestamos nuestra firme voluntad de emprender, inmediatamente y con instrumentos idóneos, la lucha contra los factores adversos que atentan contra la libertad de los argentinos; que impiden el correcto funcionamiento de la economía de mercado y son la causa del empobrecimiento de la Nación», dice la publicación en la plataforma X.
En esa línea, continuó: “Promovemos estas reformas en nombre de la Revolución de Mayo de 1810 y en defensa de la vida, la libertad y la propiedad de los argentinos”.
El Presidente Javier Milei envió al Congreso de la Nación la Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos.
Con el espíritu de restituir el orden económico y social basado en la doctrina liberal plasmada en la Constitución Nacional de 1853, presentamos al… pic.twitter.com/5yYSBYA751
— Oficina del Presidente (@OPRArgentina) December 27, 2023
Esta mañana, el portavoz presidencial Manuel Adorni había anticipado que el proyecto comprende temas tributarios, laborales, penales, energéticos y electorales. Se trata de un escrito muy extenso con 664 artículos y más de 350 páginas.
Esta semana el Gobierno formalizó el llamado a sesiones extraordinarias en el Congreso Nacional desde ayer -26 de diciembre- hasta el 31 de enero del 2024 para tratar un paquete de iniciativas impulsadas por el oficialismo entre las que figuran reformas del Estado y del Impuesto a las Ganancias y la instauración del Sistema de Boleta Única.
Guillermo Francos, ministro del Interior, fue quien llevó y entregó en mano el proyecto al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem.
Los principales puntos del mega-proyecto
ARTÍCULO 167. «Sujetos alcanzados. Las personas humanas y sucesiones indivisas que sean residentes fiscales en Argentina en los términos de los artículos 116 a 123 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, podrán optar por adherir al REIBP».
ARTÍCULO 167. Sujetos alcanzados. Las personas humanas y sucesiones indivisas que sean residentes fiscales en Argentina en los términos de los artículos 116 a 123 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, podrán optar por adherir al REIBP».