La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó oficialmente la modificación del impuesto a las Ganancia que eleva el piso del pago del impuesto para la cuarta categoría a un mínimo de $ 150.000.
De esta forma, el nuevo valor para el período fiscal 2020 se ubica en $2.500.000 (un 50% más que el anterior).
Además, determinó que más de 1.200.000 trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia cobrarán a partir de julio, en cinco cuotas consecutivas, la devolución retroactiva de lo descontado desde enero por el pago de Ganancias.
La normativa de la AFIP también instrumentó las modificaciones introducidas por la ley 27.617, en relación con la eliminación del tope de edad para la deducción de Ganancias correspondiente a los hijos y las hijas con discapacidad.
Del mismo modo incorporó la deducción por pareja conviviente, antes reconocida sólo para cónyuges, y eximió al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta setiembre próximo.
En el caso de las jubilaciones, no tributarán el gravamen quienes ganen por hasta ocho haberes mínimos, aunque tengan ingresos extras hasta los $ 164.000 anuales. Además, se mantiene el beneficio del «22% adicional» en la región patagónica, pero con una carga tributaria menor que el resto de los contribuyentes, lo que «beneficiará a alrededor de 83.500 empleados y jubilados».
Por otra parte, la normativa incrementó el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben presentar la declaración jurada informativa para Ganancias y Bienes Personales a $ 2,5 millones.