En el marco de las medidas para evitar la propagación del coronavirus en el país, el Gobierno les prohibirá a las compañías aéreas comercializar pasajes de manera anticipada sin contar con la expresa autorización de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
Además, en todos los casos, “desde, hacia o dentro del territorio nacional”, los servicios deberán tener fecha posterior al 1° de septiembre de 2020.
Fuentes de la ANAC detallaron que ambas resoluciones se publicarán juntas y tienen como objeto “primero proteger al pasajero que, en algunos casos de varados, compraron cuatro pasajes de empresas que les prometían traerlos sabiendo que no iban a poder operar, pero equilibrar el impacto a las líneas aéreas permitiéndoles tener ingresos a futuro para dar sostenibilidad al sistema y dar previsibilidad al sector”.
“En el marco de la emergencia sanitaria generada por el COVID 19 las líneas aéreas sólo podrán comercializar servicios de transporte aéreo de pasajeros desde, hacia o dentro del territorio nacional, en la medida en que se encuentren formalmente autorizados”, establece la primera Resolución de la ANAC que se publicará en las próximas horas en el Boletín Oficial y que afectará a todas las líneas aéreas, tanto locales como internacionales, que operan en la Argentina.
Muchas empresas comenzaron a vender boletos de forma anticipada para fechas cercanas, cuando puedan retomar su actividad normalmente, con el objetivo de seguir teniendo ingresos
A partir del cierre de las fronteras como consecuencia de la pandemia del coronavirus, muchas empresas comenzaron a vender boletos de forma anticipada para fechas cercanas, cuando puedan retomar su actividad normalmente, con el objetivo de seguir teniendo ingresos.