Los bancos y billeteras digitales inundaron los medios con sus ventajas comparativas en relación a la banca tradicional. Algunos de esos puntos fuertes: mejores precios en productos financieros, comisiones más bajas gracias a una operatividad con costos más bajos y horarios extendidos para operar.
Éste último punto comenzó a tambalear el fin de semana pasado. Ante la inminencia de las elecciones la histeria en torno al dólar llegó a su climax. Las casas de cambio hicieron lo de siempre: colgar el cartel de “no hay más dólares”, los bancos restringieron las compras como pudieron y el último refugio, las billeteras y apps digitales mostraron su punto flaco.
El viernes por la tarde, opciones como Brubank, DolarIOL y NaranjaX comunicaron que hasta el lunes 28 a la mañana discontinuaban el servicio de compra y venta de dólares.
“Son cosas pensadas para el primer mundo y, como siempre, cuando esas cosas las querés traer acá, la realidad te atropella”, comentó molesto un cliente.
Entró AFIP. Ayer, se sumó otra perlita al sector de las fintech: la AFIP estableció un régimen de retención a las billeteras electrónicas para equipararlas con las tarjetas de crédito.
En un comunicado oficial, la entidad señaló: “La AFIP estableció un régimen de retención de IVA y de ganancias a las operaciones efectuadas mediante el uso de billeteras electrónicas, con el objetivo de poner en igualdad de condiciones a este tipo de operaciones con las compras realizadas con tarjeta de débito y crédito. Los porcentajes que se deberán retener dependerán del instrumento de pago seleccionado al pagar con la billetera electrónica, es decir, con tarjeta de débito o de crédito. Dichas cifras son similares a las establecidas para las compras directas: 0,5 % para tarjetas de débito y 1 % para tarjetas de crédito, en la mayoría de los casos”.
Así, las administradoras de las terminales o las billeteras electrónicas realizarán la misma retención más allá del canal de cobro utilizado.
Quedarán exentas de esta medida las Micro Empresas registradas como tales ante la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y las “Potenciales Micro Empresas” en los términos de la Resolución General 4.568 y su modificatoria.
Estos cambios se incluyen en las Resoluciones Generales 4621 y 4622 publicadas hoy en el Boletín Oficial. La modificación se aplicará a las liquidaciones efectuadas a partir del 19 de noviembre.
Reacción. “Esa es una medida que va contra la corriente ya que en vez de incentivar el uso de Medios de pago digitales (tarjetas de crédito, débito, billeteras digitales…) terminan incentivando el efectivo, que es ineficiente, caro, inseguro y conlleva a la economía informal”, dijo a Télam el presidente de la cámara de Fintech y CEO de la empresa MI, Juan Pablo Bruzzo. En las redes, un comentario sobrevoló: “están pescando en una palangana, como siempre”.