El martes de esta semana la Cámara Empresarial de Desarrollistas Urbanos de Córdoba (CEDUC) recibió en su sede al ministro de finanzas de la Provincia de Córdoba, Osvaldo Giordano, y a Marcelo Busellini, director Nacional de Diseño e Implementación de Nuevos Desarrollos de Viviendas de la Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación.
Según trascendió, el objetivo del encuentro fue crear una mesa de trabajo para generar las condiciones necesarias para la implantación del Boleto Digital Inmobiliario Registrable, una herramienta que apunta a mejorar el acceso a financiamiento y créditos hipotecarios para viviendas desde el momento en que comienza su construcción.
En el encuentro, Pablo Balián, presidente de CEDUC, destacó la importancia de que la provincia de Córdoba adhiera al Boleto Digital Inmobiliario Registrable “ya que por un lado permite transparentar el mercado y brindar confianza a los compradores, debido a que con esta iniciativa evita los fraudes. Y, por otro lado, posibilita el acceso a vivienda a más personas a través de créditos con boleto de compra venta a un menor valor”.
Por su parte, el ministro Giordano aseguró que están dadas las condiciones para registrar boletos, pero consideró necesario el trabajo con los bancos para lograr la factibilidad financiera. En este sentido, Busellini resaltó el trabajo realizado con el Banco Central para dotar de garantía jurídica al boleto de compra venta, y de esta forma ser apto para créditos.
Mesa con bancos. En este marco la Ceduc comunicó que se acordó generar una mesa de trabajo en conjunto con el Banco Nación, el Banco Central y el Banco de la Provincia de Córdoba para lograr que el Boleto Digital Inmobiliario Registrable tenga garantía legal y sea apto para crédito.
Por otro lado, Busellini destacó la importancia de la nueva ley que propone eximir del IVA a las obras destinadas a vivienda social, incluyendo obras de infraestructura complementaria. Tal exención opera en doble sentido: para las empresas que realicen obras sobre inmuebles ajenos (empresas constructoras) y para aquellas que los desarrollen. Esta reglamentación solo se podrá aplicar para proyectos de viviendas sociales estableciendo como parámetro base que su valor de venta no exceda las 140.000 UVAs.