Hace poco más de un año, en febrero de 2021, Arcor comunicó una de las noticas más importantes en el sector corporativo industrial al confirmar un joint venture con la firma norteamericana Ingredion Incorporated, oriunda de Chicago y dedicada a la fabricación de insumos para la industria alimenticia y de bebidas.
De esa unión nació Ingrear Holding enfocada en la producción de ingredientes industriales y endulzantes de origen vegetal, como también subproductos y derivados.
En ese momento se comunicó que la empresa será comandada por ejecutivos de ambas compañías, que Grupo Arcor tendrá el 51% del paquete accionario y la compañía norteamericana el 49%. También se informó que Arcor transferirá al joint venture sus operaciones de ingredientes de dos plantas de Arroyito y el complejo industrial de Lules, en Tucumán. Y que, por su parte, Ingredion, transferirá sus operaciones en Argentina, Chile y Uruguay, lo que incluye dos plantas de producción en Chacabuco y en Baradero donde se producen ingredientes para la industria alimenticia, de bebidas, farmacéutica e industrial, como jarabes de glucosa, maltosa, fructosa, almidones y maltodextrinas.
En concreto, la nueva empresa se dedicará a la producción y comercialización de ingredientes, con especial énfasis en la producción de molienda húmeda de maíz y sus derivados como (almidón, endulzantes y coproductos). Se estimó que la nueva sociedad tendrá una facturación estimada en US$ 300 millones.
Pero hace un mes comenzaron los ruidos. El 21 de marzo pasado la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, una dependencia de la Secretaría de Comercio Interior emitió un dictamen en virtud de lo establecido en el artículo 14 de la Ley N.º 27.442 y su Decreto Reglamentario N.º 480/2018. Allí objetó la operación de fusión entre Arcor e Ingredion para conformar Ingrear Holding.
Según el análisis del caso, que incluye una descripción de las operaciones de las empresas e incluso del mercado de la molienda húmeda de maíz, la operación genera la desaparición de un competidor en el mercado, una concentración del mercado y una posición dominante en el mismo. Al tiempo que ordenan a Arcor e Ingedion que “mantengan de la manera en que se encuentran actualmente, sin concretarse la operación de concentración económica objeto de análisis en autos, y hasta tanto no se resuelva, y quede firme el fondo del presente expediente”.
En un análisis más detallado del expediente se explican algunos puntos centrales:
En el punto 45 del informe se señala que la actividad de la molienda húmeda de maíz en Argentina se encuentra altamente concentrada. De acuerdo a lo publicado en el sitio web de la Cámara Argentina de Fabricante de Almidones, Glucosas, Derivados y Afines, la molienda húmeda de maíz está consolidada en cuatro empresas: ARCOR S.A., INGREDION ARGENTINA S.A., GLUCOVIL ARGENTINA S.A. y GLUTAL S.A.
Luego, en el punto 49 se detalla que ARCOR e INGREDION son las principales compañías concentran el 76% de la capacidad de procesamiento de la molienda húmeda de maíz.
También se hace referencia a los “Efectos unilaterales y coordinados” de la operación En el punto 67 de la resolución se remarca que el primer factor a considerar en una operación de concentración económica es la forma en la que afecta estructuralmente a la oferta del mercado. En este sentido, cabe analizar si la operación notificada tiene la potencialidad de crear o reforzar una posición dominante en el mercado afectado.
“Tal como fuera expuesto, con posterioridad a la operación el joint venture concentrará más del 85% de la capacidad de molienda húmeda en Argentina. Por otro lado, considerando la comercialización de los productos derivados, se observan participaciones promedio superiores al 60% en todos los segmentos considerados, alcanzando más del 80% en lo que respecta a endulzantes”, dice el punto 68.
El punto 69 amplía: “Asimismo, las participaciones que emergen como consecuencia del joint venture superan ampliamente los umbrales de dominancia tanto en capacidad de molienda como en la producción de endulzantes, almidones y coproductos, por lo que es posible afirmar que se configuraría una posición dominante en esos mercados”.
Finalmente se señala: “El análisis de la estructura del mercado muestra que la operación analizada genera una entidad con posición dominante. De este modo, la nueva entidad se constituye como el líder del mercado, con participaciones que rondan entre el 59% y el 85%, dependiendo de la medición utilizada. 98. Asimismo, los competidores no tendrían la capacidad competitiva como para disciplinar intentos de abuso de la posición dominante.
La semana pasada se emitió un nuevo comunicado ratificado lo actuado por la CNDC. Allí se subraya:” La CNDC emite un Informe de Objeción cuando considera que la operación notificada tiene la potencialidad de restringir o distorsionar la competencia en un mercado. Por este motivo convocará a las partes a una audiencia especial destinada a analizar las posibles medidas que mitiguen el efecto negativo de la operación de concentración sobre la competencia”.
La palabra de Arcor. Ante la consulta de Punto a Punto a Grupo Arcor sobre el impacto de esta objeción, el análisis que se hace en la multinacional cordobesa y los pasos a seguir se señaló que “no se harán declaraciones en este caso”. Y se compartió el Statement de la compañía al respecto:
“La empresa procederá con el análisis y los pasos del proceso que determina la normativa vigente en la materia. Cabe aclarar que la compañía ha notificado debidamente la operación de Joint Venture junto a Ingredion y lo recientemente publicado corresponde a un análisis preliminar. Aún no ha concluido el proceso para que la Comisión de Defensa de la Competencia se pueda expedir en forma definitiva”.
Antecedente previo
El antecedente previo más reciente de una intervención de la Comisión de Defensa de la Competencia sobre el mercado alimenticio también tuvo como protagonista a una firma cordobesa. Se trata de Molino Cañuelas, compañía sobre la que la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia acreditó la existencia de un cartel en el mercado de harina de trigo instrumentado por la Federación Argentina de Industrias Molineras, la Cámara de Industriales Molineros, la Asociación de Pequeñas y Medianas Industrias Molineras de la República Argentina y la empresa Molino Cañuelas. Sobre Molino Cañuelas se fijó una sanción económica de $150 millones.
Posición dominante
“La nueva entidad se constituye como el líder del mercado, con participaciones que rondan entre el 59% y el 85%”.