Las micro, pequeñas y medianas empresas que se dediquen a la actividad financiera y de seguros ahora pueden registrarse como PyMEs y acceder a medidas de alivio fiscal, acceso al crédito y fomento de inversiones de la Ley PyME.
La Secretaría de Emprendedores y PyMEs del Ministerio de Producción, mediante la Resolución 340-E/2017, introdujo cambios en las características que definen a las micro, pequeñas y medianas empresas.
En primer lugar, los servicios financieros y de seguros dejan de ser una actividad excluída. Aquellas empresas que pertenezcan a estos sectores, cuyo activo sea menor a $ 100 millones y se enmarquen en los topes de facturación vigentes, serán consideradas PyMEs.
Asimismo, las PyMEs tendrán menos restricciones a la hora de recibir inversiones sin perder el carácter de tales, ya que el porcentaje permitido de participación accionaria de otra empresa o grupo económico pasa del 10% actual al 20% a partir de esta resolución.
Por último, los requisitos de vínculo y control no serán exigibles en el caso de los emprendimientos que sean invertidos por Instituciones de Capital Emprendedor.
“Escuchamos un reclamo que las PyMEs dedicadas a la actividad financiera y de seguros vienen haciéndonos llegar hace tiempo, por eso hemos ampliamos las actividades que las empresas pueden realizar y esperamos que cada vez más accedan a los beneficios de la Ley PyME”, aseguró el secretario de Emprendedores y PyMEs, Mariano Mayer.
Además, el funcionario agregó que “la inclusión del sector financiero también va a permitir la reducción de la tasas de financiación, dinamizar la actividad productiva y colaborar con la creación de más y mejor empleo”.
Estas modificaciones se enmarcan en las facultades que otorga la Ley N° 27.624 que establece que la Autoridad de Aplicación revisará anualmente la definición de micro, pequeña y mediana empresa, a fin de actualizar los parámetros y especificidades contempladas en la definición adoptada.
Para registrarse como PyME: www.produccion.gob.ar/pymes