(Télam).- El Gobierno eliminó el tope del Sistema de Seguro de Garantía para los depósitos bancarios, con el fin de «fomentar la competencia entre las entidades financieras».
La decisión se tomó a través de un decreto del Ministerio de Hacienda, publicado en el Boletín Oficial.
En el texto publicado, el Poder Ejecutivo recordó que mediante el Decreto N° 540 del 12 de abril de 1995, se reglamentó la organización y puesta en funcionamiento del sistema de seguro de garantía de los depósitos bancarios, establecido en la Ley N° 24.485.
El inciso d) del artículo 12 de ese decreto establecía que no están alcanzados por la cobertura del sistema de garantía «los depósitos constituidos con posterioridad al 1° de julio del año en curso, sobre los cuales se hubiere pactado una tasa de interés superior en dos puntos porcentuales anuales a la tasa de interés pasiva para plazos equivalentes del Banco Nación correspondiente al día anterior al de la imposición».
Ese inciso fue ahora derogado, y la Casa Rosada aclaró que el Banco Central «ha adoptado una serie de medidas con el objetivo de fomentar la competencia entre las entidades financieras y lograr una mejora en los costos del sistema financiero en general».
«En este contexto, resulta necesario eliminar el tope establecido, derogando el inciso d) del artículo 12 del citado decreto, a fin de alentar, a través de la tasa de interés, la competencia en la captación de depósitos a la vista», concluyó el texto oficial.